
Varios coches aparcados en la zona verde de Madrid. Europa Press
Cambios en el SER de Madrid: estos son los coches que van a tener que pagar un 50% más por aparcar en la capital
El Ayuntamiento de Madrid está preparando una modificación de las Ordenanzas Fiscales para incorporar nuevas medidas con respecto a las tarifas.
Más información: Casi un millón de vehículos abandonarán Madrid en enero: desguace, venta o matriculación como histórico, las alternativas
Los coches con clasificación medioambiental de tipo A (es decir, los coches sin etiqueta) tendrán un recargo al aparcar en la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección de Distrito Centro (ZBEDEP) de Madrid.
Así lo está preparando el Ayuntamiento de la capital en un cambio de las Ordenanzas Fiscales para incorporar modificaciones a las tarifas del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER).
Según la propuesta de la nueva normativa, a los coches sin etiqueta que puedan circular y aparcar en la zona se les cobrará un 50% más de lo establecido para el resto de vehículos al estacionar en las zonas azules o verdes.
Se trata de los coches catalogados como históricos por la Dirección General de Tráfico (DGT) con más de 50 años. El resto de los clasificados de esta manera (por tener al menos 30 años desde su primera matriculación) solo podrán estacionar en un aparcamiento de uso público, privado o reserva de estacionamiento de la ZBEDEP Distrito Centro, según recoge la ordenanza.
Asimismo, los de tipo A que no están considerados como históricos tienen prohibido circular en dicha zona desde el pasado año.
Recargos en otras etiquetas
Al igual que los coches históricos de menos de 50 años, el resto de vehículos contaminantes -los clasificados con la etiqueta B y C- solo pueden estacionar en la ZBEDEP en un aparcamiento público o privado, o una plaza de garaje particular.
Para estacionar en la vía pública, se necesita ser residente del distrito o estar en alguna de las excepciones (como, por ejemplo, utilizarlo para transportar a una persona con tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida).
En el caso de los que tienen la clasificación ambiental B, ya se aplicaban recargos con un coste del 20%. Además, hay otras bonificaciones para los coches con distintivos C, ECO y CERO: del 10%, del 75% y del 100%.
De esta forma, la lista de recargos y reducciones una vez se apruebe la citada modificación de las tasas quedará como se detalla a continuación. Actualmente, se encuentra en periodo de información pública.
- ECO (Turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía
- C (Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4,5 y 6 y en Diésel la Euro 6): reducción del 10%.
- B (Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2005. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y en Diésel la Euro 4 y 5): recargo del 20%.
- A (Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas antes de enero del año 2000 y de diésel antes de enero de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías tanto de gasolina como de diésel, matriculados antes de 2005. Por tanto, los de gasolina que no cumplan, al menos, la norma Euro 3 y en Diésel, al menos, la Euro 4): recargo del 50%.