Ambulancia del 061 en Galicia

Ambulancia del 061 en Galicia

Salud

Condenan al Sergas a pagar 60.000 euros a la familia de un vigués que murió por un retraso médico

Tras solo recibir atención telefónica en primer lugar, el paciente murió de un infarto

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El Sergas tendrá que pagar 60.000 euros a los familiares de un hombre que falleció de un infarto en Vigo. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha argumentado que el paciente recibió una "deficiente" atención médica.

Según la sentencia recogida por Europa Press, los hechos sucedieron en octubre de 2020 cuando el hombre llamó al 061 para pedir una ambulancia por el "intenso dolor cervical" que tenía. Fue asistido por teléfono y le recomendaron que se dirigiese a Urgencias en caso de que empeorase. 

Pasados dos días volvió a llamar al 061 porque presentaba un dolor cervical y torácico. Esta vez, procedieron a avisar al facultativo del PAC para que hiciese una visita domiciliaria. Esta no se realizó y el paciente volvió a recibir asistencia telefónica. No fue suficiente, ya que, horas después, se movilizó al domicilio una ambulancia que solo pudo confirmar su fallecimiento.

"Un retraso incompatible" y negligencia del facultativo

El TSXG asegura que la primera asistencia por parte del Sergas al hombre "fue idónea", pero la segunda vez se produjo un "retraso incompatible" con la nueva dolencia que fue la que le provocó el fallecimiento.

Sin embargo, el Alto Tribunal gallego ve "negligente" la actuación del médico del PAC. "En vez de acudir a su domicilio el facultativo del PAC antes de 60 minutos, como prescribe el protocolo del 061, lo que hizo fue llamarle por teléfono, siendo así que, si hubiera acudido en ese espacio temporal, podría detectado la lesión coronaria que padecía", ha recalcado el fallo.

El TSXG eleva la indemnización

Así, el TSXG ha estimado parte del recurso de apelación interpuesto por la familia y eleva el importe de la indemnización, que estaba fijado en 12.000 euros por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de Vigo, a 60.000 euros.

La sala ha considerado "insuficiente" el primer importe y "no ajustado" a la "actuación negligente" del facultativo. "De modo que, aunque no hubiera seguridad y certeza de que se hubiera evitado el fallecimiento si la intervención se hubiera realizado en plazo, resulta más ajustado al retraso negligente que cada uno de sus dos familiares perciba una indemnización de 30.000 euros", ha señalado.